Organización y funciones de la Policía Local
El Cuerpo de la Policía Local de Sevilla, cuyos antecedentes modernos se remontan a 1838, con la aprobación del primer Reglamento de la Guardia Municipal, como cuerpo encargado de la seguridad y protección de los vecinos, por el entonces Alcalde de la Ciudad, Excmo. Sr. D. Andrés Gómez, forma parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y, como tal, es un instituto armado de naturaleza civil y organización jerarquizada.
Su función es la protección y garantía de la pacífica convivencia y la seguridad de la ciudadanía.
Los objetivos principales de la Institución Policial, partiendo de los principios de prevención y proximidad, son:
- Garantizar la convivencia y seguridad ciudadana en coordinación con las demás Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, con especial atención a los conflictos de convivencia, colectivos vulnerable y zonas desfavorecidas.
- Prevenir las conductas que pongan en riesgo grave la convivencia ciudadana, así como aquellas otras que pudieran ser constitutivas de delito, mediante la presencia policial y la detección de problemas de manera anticipada en contacto con las personas y el tejido asociativo.
En el marco descrito la Policía Local de Sevilla centra sus actuaciones en:
- Atención de requerimientos urgentes por parte de los ciudadanos a través de los números de emergencias 092 y 112.
- Vigilancia de los espacios públicos, especialmente a través de la Policía de Barrio mediante un patrullaje preventivo y sectorizado.
- Control del tráfico de la Ciudad desde la doble perspectiva de una movilidad y accesibilidad sostenible.
- Control administrativo mediante tareas de inspección en materia de medio ambiente, espectáculos públicos, consumo y protección de consumidores y usuarios, transportes, etc.
- Investigación de delitos contra la seguridad del tráfico y relacionados con siniestros viales.
- Colaboración con las demás Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en la protección de las manifestaciones y el mantenimiento del orden en grandes concentraciones humanas.
Bajo el principio organizativo de descentralización, la Policía Local se estructura en las siguientes áreas y unidades policiales para el cumplimiento de sus funciones: