Circulación de vehículos especiales o en régimen de transporte especial
Información para la solicitud de circulación de vehículos especiales o en régimen de transporte especial
Conforme al artículo 64 de la Ordenanza de Circulación de la Ciudad de Sevilla, necesitarán autorización municipal todos los vehículos, o conjunto de vehículos que por sus características técnicas, o por la carga indivisible que transporten superen las masas y dimensiones máximas establecidas en la normativa sobre tráfico, circulación y seguridad vial, y que circulen en itinerario íntegramente urbano o que, de cualquier modo, hagan uso de las vías de titularidad municipal.