Renovación de la Inscripción Padronal de Extranjeros No Comunitarios Sin Autorización de Residencia Permanente - Actualmente de Larga Duración - (Encsarp)

Reanudación de plazos de renovación

Con efectos desde el 1 de junio de 2020, el cómputo de los plazos administrativos que hubieran sido suspendidos se reanudará, o sereiniciará, si así se hubiera previsto en una norma con rango de ley aprobada durante la vigencia del estado de alarma y sus prórrogas.(art. 9 del Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

A tales efectos

Los extranjeros cuya fecha límite de renovación hubiera tenido lugar durante el mes de marzo de 2020 deberán presentar susolicitud de renovación antes del 30 de junio de 2020.

Los extranjeros cuya fecha límite de renovación hubiera tenido lugar durante el mes de abril de 2020 deberán presentar susolicitud de renovación antes del 15 de julio de 2020.

Los extranjeros cuya fecha límite de renovación hubiera tenido lugar durante el mes de mayo de 2020 deberán presentar susolicitud de renovación antes del 25 de julio de 2020.


Presentación de solicitudes

Pueden presentarse a través de dos vías: telemática y presencial

1.- Telemática a través de la Sede electrónica del Ayuntamiento de Sevilla. Se requiere disponer de FIRMA DIGITAL.
Utilice la solicitud general que encontrará en la sede electrónica, dentro de los trámites en línea del Ayuntamiento de Sevilla,y siga las pautas que le va indicando la aplicación. La misma le permitirá adjuntar la Solicitud de Renovación y ladocumentación en vigor acreditativa de la identidad.

2.- Presencial, con cita previa en cualquiera de los Registros Auxiliares de los Distritos municipales y/o en el Servicio deEstadística. Si opta por presentar su solicitud en el Servicio de Estadística, envíenos sus datos – nombre, apellidos, número deidentificación y, un teléfono de contacto- a renovacionext.estadistica@sevilla.org. Contactaremos con usted proporcionándoleuna cita para tramitar su renovación.


La solicitud deberá estar firmada:

  • Por el propio interesado, o por su representante debidamente acreditado por cualquier medio válido en derecho, que dejeconstancia fidedigna de su existencia, debiendo cumplimentar en este caso los datos del representante.
  • Si el interesado es menor de edad, se firmará por los padres que tengan su guarda o custodia o, en su defecto, por susrepresentantes legales debidamente acreditados, debiendo cumplimentar en estos casos los datos del representante.


Documentación requerida:

Junto con la solicitud de renovación deberá presentarse documento original acreditativo de la identidad, en vigor*:

  • Pasaporte o tarjeta de extranjero
  • En el caso de menores de edad, los padres que tengan su guarda o custodia o, en su defecto, sus representante legales, deberánpresentar su documento de identidad original en vigor, junto con el documento de identidad original en vigor del menor (hasta los14 años, si no disponen de alguno de los documentos de identificación especificados, se acreditará mediante el Libro de Familia oel Certificado de nacimiento).


(*) De acuerdo a lo establecido en la Orden SND/421/2020, de 18 de mayo por la que se adoptan medidas relativas a la prórroga delas autorizaciones de estancia y residencia y/o trabajo y a otras situaciones de los extranjeros en España, en aplicación del RealDecreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitariaocasionada por el COVID-19, quedarán automáticamente prorrogadas las autorizaciones temporales de residencia y/o trabajoprevistas en la normativa de extranjería, cuya vigencia expire durante la vigencia del estado de alarma y sus sucesivasprórrogas o haya expirado en los noventa días naturales previos a la fecha en que se decretó, sin necesidad de emisión de unaresolución individual para cada una de ellas por la Oficina de Extranjería.