Convocatoria de subvenciones para el apoyo a la empresa sevillana. Año 2023
Por acuerdo de 30 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la ciudad de Sevilla se aprueba la convocatoria pública para la concesión de subvenciones dirigidas al apoyo a la empresa sevillana del año 2023.
La finalidad de estas subvenciones es incentivar en las empresas sevillanas la realización de inversiones que permitan corregir algunos de los factores que dificultan la mejora de su competitividad, como pueden ser los relativos al déficit tecnológico y la falta de inversiones en locales y equipamientos, favoreciendo así su mantenimiento y consolidación, especialmente a aquellas empresas que hayan sido reconocidas por el Ayuntamiento de Sevilla como titulares de establecimientos emblemáticos.
El trámite de solicitud podrá efectuarse de manera presencial o a través de sede electrónica conforme indica el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas. El plazo de solicitud será de 30 días naturales a contar desde el siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del extracto de la presente convocatoria (artículo 20.8.a LGS) por traslado de la Base de Datos Nacional de Subvenciones como sistema nacional de publicidad de subvenciones.
Junto a la solicitud deberá acompañar la siguiente documentación:
- Anexo I: solicitud de subvención debidamente cumplimentada y firmada, que deberá contener declaración responsable de que la persona solicitante cumple los requisitos exigidos para obtener la condición de persona/entidad beneficiaria, no incurre en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003 del 17 de Noviembre, General de Subvenciones, así como declaración expresa responsable de las ayudas recibidas o solicitadas que se reciben de otras entidades públicas o privadas, aún en caso de que no se haya solicitado o recibido ninguna.
- Acreditación de la persona solicitante mediante DNI o CIF en vigor.
- En el caso de que la solicitud sea de una sociedad, deberá acompañar la escritura de constitución debidamente inscrita en el Registro Mercantil o, en su caso, en el registro administrativo correspondiente, así como acreditar la identidad de la persona representante y su poder de representación.
- Certificado actualizado de Situación Censal de la persona solicitante que indique la actividad económica con su fecha de alta, domicilio fiscal y local afecto a la actividad, ambos en el municipio de Sevilla.
- Certificado positivo de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias para solicitar subvención, en el plazo de presentación de solicitudes.
- Certificado positivo de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones frente a la Seguridad Social para solicitar subvención, en el plazo de presentación de solicitudes.
- Certificado positivo de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Sevilla para solicitar subvención, en el plazo de presentación de solicitudes.
- Resolución / certificación del alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o la Mutua profesional correspondiente, en el supuesto de persona física. Alta en el régimen de la Seguridad social correspondiente de las/los miembros que compongan el órgano de administración, en el caso de personas jurídicas, sociedades civiles o comunidades de bienes.
- Anexo V: Solicitud de transferencia bancaria y certificación de cuenta corriente.
- Certificado expedido por la presidencia, la secretaría o persona competente de la asociación de carácter empresarial a la que pertenezca la persona solicitante que acredite que es socia de la misma, su antigüedad y que se encuentra al corriente en el pago de la cuota correspondiente.
- Anexo XII: Declaración responsable sobre la participación de la persona solicitante como persona física o, en el caso de personas jurídicas, de la persona administradora o socia trabajadora en las actividades ofertadas por Sevilla Emprendedora según modelo adjunto.
- Anexo XIII: Declaración de documentación obrante en poder de la administración.
A continuación se relacionan otros anexos que deberá de ir incorporando según las distintas fases de tramitación de este procedimiento.
- Anexo II: Formulario de alegaciones / reformulación / desistimiento / presentación de documentación.
- Anexo III: Aceptación de subvención.
- Anexo VI - XI: Anexos para justificación de la subvención concedida.
Propuesta de Resolución Provisional
Con fecha 7 de noviembre de 2023 se ha publicado en el Tablón de Edictos Electrónico del Ayuntamiento de Sevilla la Propuesta de Resolución Provisional de la convocatoria pública de subvenciones para el apoyo a la empresa sevillana, año 2023.
Se concede un plazo de 10 días hábiles desde esta publicación en el Tablón de Edictos Electrónico del Ayuntamiento para que los interesados, utilizando el Anexo II de la Convocatoria, puedan presentar alegaciones en los términos que prevé el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas (LPAC). El plazo estará abierto desde el miércoles 8 hasta el próximo martes 21 de noviembre de 2023.
El trámite de alegaciones podrá efectuarse de manera presencial o a través de sede electrónica conforme indica el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
- Rectificación Propuesta de resolución provisional
- Corrección de errores Propuesta de resolución provisional
- Anexo II: Formulario de alegaciones/ reformulación/ desistimiento/ presentación de documentación
Propuesta de Resolución Definitiva
Con fecha 1 de diciembre de 2023 se ha publicado en el Tablón de Edictos Electrónico del Ayuntamiento de Sevilla la Propuesta de Resolución Definitiva de la convocatoria pública de subvenciones para el apoyo a la empresa sevillana, año 2023.
Se abre un plazo de 5 días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de la presente propuesta, para que aquellos que hayan sido propuestos como beneficiarios presenten su aceptación según modelo recogido en el Anexo III de la presente convocatoria.
Resolución Definitiva
Con fecha 8 de enero de 2024 se ha publicado en el Tablón de Edictos Electrónico del Ayuntamiento de Sevilla la Resolución Definitiva de la convocatoria pública de subvenciones para el apoyo a la empresa sevillana, año 2023.