NOTA INFORMATIVA - AUTO DECLARACIÓN CONCURSO DENTIX

El pasado 3 de diciembre de 2020 se ha publicado en el B.O.E. el edicto del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Madrid mediante el que se da a conocer el auto de 20 de noviembre emitido en el Concurso ordinario 1305/2020, por el que declara en concurso de acreedores a las distintas entidades del grupo Dentix:

  • DENTIX HEALTH CORPORATION, S.L.U.: Calle Ribera del Loira 56-58,
    2ª Planta, escalera derecha, Madrid; C.I.F.B86933819.
  • DENTOESTETIC CENTRO DE SALUD Y ESTÉTICA DENTAL, S.L.U.: Calle
    Ribera del Loira 56-58, 2ª Planta, Madrid; C.I.F. B83409797.
  • DENTIX HEALTH INTERNATIONAL, S.L.U.: Calle Ribera del Loira 56-58,
    2ª Planta, escalera derecha, Madrid; C.I.F. B86940970.
  • NEOTECH CLINICAL, S.L.U.: Calle Ribera del Loira 56-58, 1ª Planta,
    Madrid; C.I.F. B86940962

El texto del citado edicto se encuentra disponible para su descarga aquí. Una vez publicado el edicto es fundamental seguir las instrucciones que en el mismo se indican en orden a dirigir la oportuna comunicación al administrador concursal designado por el Juez:

  • ACCOUNT CONTROLIUS&AEQUITAS ADMINISTRADORES CONCURSALES SLP.
    Avda. Alberto Alcocer 24, 4ª planta. 28036 – Madrid.
    Teléfono: 915914291
    Fax: 914465321.
    E-mail: dentix.concursal@iusaequitas.net

De especial importancia es que la mencionada comunicación deberá dirigirse a la administración concursal en el plazo de UN MES desde la publicación del edicto en el B.O.E.

Pueden dirigirse al administrador concursal quienes ya hubieran abonado total o parcialmente a Dentix las cantidades presupuestadas y no hubieran recibido el tratamiento por completo.

El citado escrito a la administración concursal se deberá acompañar de copia de la documentación oportuna:

  • Tratamiento prescrito en la clínica de Dentix en su día.
  • Presupuesto aceptado por el paciente/afectado.
  • Comprobantes de los pagos efectuados.
  • Contrato de crédito vinculado en caso de que se hubiera financiado
    el tratamiento.
  • Informe de otro profesional acreditando la parte del tratamiento no
    ejecutada. Historia clínica. Etc…

Se deberá especificar igualmente la calificación que se le dé al crédito (contra la masa, privilegiado, con privilegio especial, con privilegio general, ordinarios y subordinados).

Para todo ello es fundamental contar con el asesoramiento y asistencia letrada. En este sentido, el propio auto de declaración de concurso especifica que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador.

En caso de necesitar mayor información o alguna aclaración, pueden dirigirse a esta Oficina Municipal de Información al Consumidor:

Teléfonos:
955 472 982
955 472 985
955 472 986
955 472 987
E-mail para consultas: omic.consumo@sevilla.org