Actuaciones en Toxiinfecciones Alimentarias
Se considera brote de origen alimentario todo aquel incidente en el cual dos o mas personas manifiestan la misma enfermedad transmitida por los alimentos o bebidas.
Se considera brote de origen alimentario todo aquel incidente en el cual dos o mas personas manifiestan la misma enfermedad transmitida por los alimentos o bebidas.
Tipos de brotes:
- Familiar: cuando el alimento involucrado ha sido elaborado y consumido en un domicilio particular
- Colectivo: cuando el alimento se ha elaborado en una cocina central y/o comedor colectivo y el consumo es en un comedor colectivo
- Mixto: cuando el alimento se ha elaborado fuera del domicilio particular y el consumo es en un domicilio o en cualquier otro lugar (por ejemplo, excursión)
Las actuaciones municipales en materia de brotes de origen alimentario se restringe a los de tipo colectivo y mixto.
Normalmente la notificación del brote se realiza a través de los servicios de epidemiología. Una vez identificado el establecimiento afectado, se procede por los servicios de control ofical a llevar a cabo la inspección del mismo y de los productos que pudieran estar asociados en dicho brote.