El Consejo de la Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente aprueba la propuesta de regulación de las viviendas turísticas y la nueva ordenanza de publicidad
La modificación del PGOU para las viviendas turísticas, que no tiene efectos retroactivos, establece que las nuevas viviendas turísticas se regulen urbanísticamente como servicios terciarios de hospedaje y dejen de ser calificadas como uso residencial. La nueva ordenanza de publicidad se ha elaborado para incorporar nuevas medidas que contribuyan a la reactivación económica y para garantizar la protección sobre los ejes patrimoniales
El gobierno municipal ha aprobado en el Consejo de la Gerencia la propuesta de modificación del PGOU para regular las viviendas turísticas en la ciudad, así como la nueva ordenanza de publicidad diseñada para dar cabida a nuevos fenómenos del sector que contribuyan a la reactivación del comercio o los quioscos de prensa y para garantizar la protección de los ejes patrimoniales. Ambas medidas serán elevadas al próximo Pleno del mes de febrero para que se abra un periodo de exposición pública y alegaciones previa a su entrada en vigor.
“Hemos adoptado dos acuerdos de enorme importancia dentro de la estrategia de reactivación de la ciudad, que responden a un trabajo técnico realizado en la Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente durante los últimos años y que vienen a avanzar en un modelo de ciudad que busca el equilibrio entre el desarrollo de distintas actividades económicas y un modelo de ciudad más sostenible y habitable”, explicó el delegado de Hábitat Urbano, Turismo y Cultura, Antonio Muñoz.
En el caso de las viviendas turísticas, la propuesta se ha aprobado después de mantener una ronda de reuniones con entidades vecinales, la Asociación de Hoteles, las entidades más representativas del sector de las viviendas turísticas, la Junta Municipal del Distrito Triana y grupos políticos de la Corporación. La medida ha sido también anunciada a la Consejería de Turismo y se enmarca dentro de los acuerdos suscritos por unanimidad por todos los grupos políticos dentro de la comisión de reactivación y de los acuerdos firmados por el gobierno municipal y el grupo Adelante Sevilla en el año 2019 previos a la aprobación del presupuesto del ejercicio 2020.
La propuesta de modificación del PGOU que se elevará al Pleno, y que no tiene efectos retroactivos, establece que las nuevas viviendas turísticas se regulen urbanísticamente como servicios terciarios de hospedaje y dejen de ser calificadas como uso residencial. Así, deberán cumplir los mismos requisitos previstos en la normativa para este tipo de establecimientos en función de su ubicación. En suma, que se exijan en la ciudad las mismas condiciones a las viviendas con fines turísticos que a los servicios de hospedaje en cuanto a los trámites que deben realizar, los requisitos que deben cumplir y los emplazamientos autorizados dentro de un edificio de viviendas.
La propuesta de modificación del PGOU para la ordenación de las viviendas turísticas ha contado con los votos favorables del gobierno de la ciudad y de los grupos políticos de Adelante Sevilla y Ciudadanos.
La nueva normativa protege los ejes patrimoniales de elementos publicitarios que puedan dañar el paisaje urbano y al mismo tiempo abre en el resto de la ciudad nuevas posibilidades de soportes, especialmente en comercios y quioscos de prensa y chucherías, para contribuir a la reactivación y a la generación de nuevas vías de ingresos para sectores afectados por la crisis sanitaria.
En relación con la protección del patrimonio, la nueva ordenanza establece la restricción de la actividad publicitaria en los ejes patrimoniales de la ciudad. Se regulan concretamente dos: San Fernando-Puerta Jerez-Avenida de la Constitución y Santa Cruz, Hernando Colón, Plaza de San Francisco, Francisco Bruna, Entrecárceles y Plaza del Salvador. En toda esa zona no se puede instalar publicidad más allá de la propia de los establecimientos que se podrán implantar con unos criterios homogéneos. Esos dos itinerarios son ampliables a otras zonas de la ciudad si así se considera durante este proceso de exposición pública o posteriormente, ya que bastará con un acuerdo de la comisión ejecutiva.
Se establecen una serie de prohibiciones en relación con la publicidad en zonas del conjunto histórico. Así, no está permitida ninguna publicidad que pueda impedir la visión general de la Catedral o la Giralda, o cuando estén en zonas de influencia de otros monumentos, edificios, calles o conjuntos de importancia patrimonial o ambiental, así como en elementos ornamentales y monumentales de las vías públicas. Se limitan además las posibilidades de instalar carteleras, monopostes, banderolas, pinturas y vinilos, rótulos y objetos publicitarios en el conjunto histórico y en inmuebles BIC o catalogados.
La ordenanza establece por primera vez una protección de la intensidad lumínica autorizada en función de la superficie. Especialmente para garantizar un nivel adecuado en las proximidades de otro edificio. Todas las instalaciones publicitarias en el conjunto histórico deberán, asimismo, contar con licencia previa para su obtención, de forma que habrá un trámite específico y un mayor control.
De acuerdo con el informe de la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico se regulan los criterios para la instalación de placas conmemorativas especialmente en el centro histórico. De esta forma, tendrán unas dimensiones y materiales obligatorios, se deberán ubicar en determinados espacios y todas aquellas que estén en el conjunto histórico pasarán por la Comisión Provincial.
El segundo eje de la modificación de la ordenanza de publicidad es dar respuesta a determinados sectores económicos y adaptar la normativa a las nuevas formas de anuncios publicitarios. La ordenanza regula y ordena las pantallas digitales de publicidad variable que se podrán instalar en equipamientos deportivos o en escaparates de locales comerciales. Todo esto de acuerdo con unas dimensiones, condiciones y medidas específicas, y en ningún caso en los ejes patrimoniales. La ordenanza establece la posibilidad por primera vez tal y como han solicitado los quioscos de prensa y chucherías de que puedan contar con pantallas publicitarias digitales que supongan una nueva fuente de generación de ingresos.
La normativa regula las proyecciones publicitarias sobre fachadas siempre y cuando se realicen en una serie de zonas de ampliación de la intensidad publicitaria determinadas por la normativa y en espacios determinados como puedan ser edificios terciarios o equipamientos deportivos.
En apoyo al sector se configura un registro local de empresas del sector publicitario y se incluye un nuevo modelo de tramitación para agilizar los permisos para instalaciones publicitarias fuera del conjunto histórico a través de Declaración Responsable, con lo que se agilizarán todas las tramitaciones.
La propuesta de la ordenanza de publicidad ha sido aprobada en el Consejo de la Gerencia de Urbanismo y en la comisión delegada sin ningún voto en contra y será debatida y analizada en el próximo Pleno.