El Ayuntamiento prorrogará un año más la moratoria del deber de edificar solares incluidos en el registro municipal con la exclusión de aquellos que incumplan órdenes de conservación y los ubicados en el conjunto histórico

La medida se adopta como respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la crisis sanitaria por la COVID-19.

El Consejo de la Gerencia de Urbanismo ha aprobado prorrogar durante un año más la moratoria vigente desde el año 2014 en el deber de edificar por parte de los propietarios de terrenos incluidos en el Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas, a excepción de todos aquellos suelos de propiedad privada que hayan incumplido los plazos para edificar y cuenten ya con órdenes de ejecución de medidas de conservación que no hayan sido debidamente cumplidas.  Esta nueva prórroga, que deberá ser ratificada por el Pleno del Ayuntamiento, se adopta ante las consecuencias económicas y sociales de la crisis sanitaria y dentro de la estrategia de apoyo a distintos sectores afectados por la pandemia. 

“En estos momentos, el Ayuntamiento debe adoptar decisiones acordes con la situación económica y que sirvan como apoyo para todos los sectores que se han visto afectados por la pandemia. Por este motivo, y durante un año más, estará vigente esta moratoria. No obstante, son muchos los proyectos e inversiones que se están ejecutando y que se seguirán realizando en los próximos meses puesto que esta medida sólo es una facilidad para quienes están en el registro de solares y en estos momentos no tienen liquidez o no encuentran las condiciones necesarias para su desarrollar sus proyectos urbanísticos”, explicó el delegado de Hábitat Urbano, Turismo y Cultura, Antonio Muñoz. 

Desde 2014, el Ayuntamiento de Sevilla ha aprobado en varias ocasiones suspender el cómputo del plazo previsto en el art. 3.3 de la Ordenanza Municipal Reguladora del Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas para el cumplimiento del deber de edificar de los solares y parcelas en suelo urbano consolidado. De esta forma, y dadas las dificultades alegadas por muchos de los propietarios para iniciar sus inversiones, se acordó no someter estos solares a los procedimientos de venta forzosa. Debido a la reactivación económica y del sector, desde el año 2017 se decidió excluir de esta moratoria a todos los solares ubicados en el Casco Histórico, medida que se prorrogó en 2018. 

Se mantienen además las medidas implementadas en los últimos años  para resolver un problema que afecta a numerosos barrios de la ciudad como son los solares privados sin una adecuada conservación, donde en muchas ocasiones se tiene que producir una intervención subsidiaria por parte de los servicios municipales. Aquellos titulares de suelos que tengan órdenes de ejecución de medidas de cumplimiento del deber de conservación que no hayan implementado pasan automáticamente a ser excluidos de la moratoria y, por tanto, las parcelas serán sometidas a un procedimiento de venta forzosa. 

Por tanto, los dueños de parcelas urbanas incluidas en el Registro Municipal de Solares, que se ubiquen fuera del conjunto histórico y que no hayan recibido una orden de ejecución del Ayuntamiento, verán suspendidos durante un año más el tiempo que la ordenanza reguladora de este registro les otorga para proceder a la edificación de sus suelos, antes de iniciar un proceso de venta forzosa de los mismos. 

El plazo de esta nueva prórroga comenzará a surtir efecto a partir de la fecha de publicación del acuerdo correspondiente que debe adoptar el Pleno del ayuntamiento en el Boletín Oficial de la Provincia. En todo caso, si es posterior al día 3 de febrero de 2021, el acuerdo tendrá carácter retroactivo desde la citada fecha hasta la entrada en vigor del mismo.