Adopción y bienestar animal en Sevilla
El Centro Municipal de Protección y Control Animal tiene como objetivo el fomento de la adopción responsable de animales de compañía.
Qué es el Centro Municipal de Protección y Control Animal
El Centro Municipal de Protección y Control Animal es un espacio de estancia temporal para animales rescatados de la vía pública y cuenta con su propio programa de adopción de animales de compañía. Este programa lleva en funcionamiento desde sus inicios en colaboración con asociaciones de protección animal. El principal objetivo es encontrar un hogar adecuado al animal rescatado de la calle.
Adopción responsable
¿Qué obligaciones deben cumplir los adoptantes?
- Que la mascota se encuentre en un lugar adecuado para el descanso teniendo en cuenta las condiciones climatológicas.
- Se le abastezca de la comida y agua necesaria y de calidad.
- En el caso de los perros, debe tener en cuenta que como mínimo deben pasear 3 veces al día. En Sevilla hay zonas habilitadas para el esparcimiento canino, también llamadas "pipican".
- Se recomienda la esterilización de la mascota, así como los tratamientos preventivos obligatorios para animales de compañía.
- Se aconseja que la familia se informe sobre qué raza y edad tiene la mascota que adopta, para poder adecuar su entorno y estilo de vida.
- El abandono animal es considerado delito (Art. 337 del Código Penal).
Los gatos y los perros que son adoptados en el Centro Municipal de Protección y Control Animal se Sevilla se entregan a sus nuevas familias o a las entidades animalistas:
- Desparasitados
- Identificados mediante implantación de microchip y emisión de pasaporte sanitario
- Vacunados y esterilizados
Se trata de una medida más para la lucha contra el abandono animal por camadas no deseadas. Además, la adopción no conlleva el pago de tasas, excepto la implantación del dispositivo de identificación animal (microchip) y el pasaporte o el cambio de titularidad del mismo y la vacunación antirrábica.
Para visitar las instalaciones del Centro Municipal de Protección y Control Animal, debes solicitar cita previa o escribir a adopcionanimal@sevilla.org.
Consulta la galería de animales adoptables.
Recuperación de animales
Entre los objetivos del Centro Municipal de Protección y Control Animal está el rescate de animales en la vía pública. Estos animales callejeros, en su mayoría gatos, se encuentran en ocasiones en malas condiciones de salud. En otros casos, se trata de animales extraviados con dueños que, en caso de tener el microchip, se puede identificar para devolver a sus propietarios.
La identificación de perros y gatos mediante la implantación de microchip es obligatoria y es la mejor medida para asegurar recuperar a un animal en caso de robo o extravío, así como para controlar la salud de los animales.
Puede consultar la galería de animales extraviados aquí.
Desde mayo de 2021 se cuenta con un Servicio externo que realiza intervenciones quirúrgicas urgentes y mayores que no pueden ser asumidas en las instalaciones municipales. Así se garantiza una asistencia veterinaria completa para todos aquellos animales que presentan patologías o lesiones que requieren de una intervención quirúrgica. Este Servicio se presta conjuntamente con el de esterilizaciones de animales y está dotado de 130.680€ para un periodo inicial de dos años.
Asimismo, está previsto que durante el cuarto trimestre del año comiencen las obras de construcción de un nuevo alojamiento para gatos. Este nuevo espacio, cuyo presupuesto de ejecución material rondará los 350.000€ contará con una zona de cuarentena, una clínica veterinaria, salas de sociabilización para machos y otra para hembras, así como alojamientos individuales dotados de patios exteriores.
En el caso de las colonias de gatos en la vía pública, la vigente Ordenanza (2020) regula el control de los gatos ferales mediante el método CER (Captura, esterilización y retorno) a través de personas y entidades voluntarias (Art. 16 Ordenanza Municipal de Protección, Bienestar y Tenencia Responsable de los Animales).
Implantación del Método CER (Captura, esterilización y retorno) en Sevilla
La vigente Ordenanza Municipal de Protección, Bienestar y Tenencia Responsable de los Animales (art. 16), permite que personas voluntarias acreditadas por entidades sin ánimo de lucro entre cuyos fines se encuentren el bienestar y la protección animal podrán llevar a cabo el método C.E.R. bajo una serie de condicionantes higiénico-sanitarios:
- Acostumbrarán a los gatos a alimentarse en el mismo lugar y a la misma hora al objeto de facilitar la captura y la observación de la colonia.
- El alimento y el agua se depositarán en recipientes de materiales aptos para contener alimentos, y nunca directamente sobre el suelo. Estos recipientes se depositarán, siempre que sea posible, en lugares poco visibles, y serán retirados aquellos de comida con pienso húmedo una vez que los animales hayan comido.
- La alimentación se realizará con pienso apto para gatos y el agua será fresca y limpia.
- Esta práctica no podrá provocar el ensuciamiento de la vía pública ni atraer vectores de incidencia sanitaria, como roedores o insectos.
A los efectos de potenciar esta metodología, durante la anualidad 2021 se destinó una subvención a tal efecto dotada con 10.000 €, estando previsto que en la anualidad corriente se publique de nuevo, pero con una dotación de 16.000 € (+60%).
En la sesión ordinaria del Consejo Municipal de Protección y Control Animal (COMPBA) celebrada el 9 de marzo de 2022 se acordó constituir una Comisión especial técnica, compuesta por entidades animalistas y funcionarios públicos municipales, con el encargo de elaborar un protocolo de aplicación del método CER en Sevilla, a los efectos de que todos los actores implicados intervengan de manera homogénea y se operativice lo dispuesto en la Ordenanza. Ya se han celebrado dos reuniones, desde marzo de 2022.
Datos de evolución de la recuperación de animales y fomento de adopciones
DATOS 2021
GATOS
Ingreso de gatos recogidos:
- Fallecidos en la calle: 103 (18%)
- Enfermos: 20 (3%)
- Vivos: 463 (79%)
- TOTAL: 586
De entre los 483 (463+20) gatos vivos que ingresaron, los motivos de salida fueron:
- Fugados: 13 (2,7%)
- Depósito (animales cedidos en régimen de acogida): 6 (1,2%)
- Devueltos a propietarios: 21 (4,3%)
- Adoptados: 353 (73,1%)
- TOTAL: 393
La tasa de éxito se sitúa en un 81,4% para los gatos durante el 2021.
PERROS
En 2021 ingresaron 506 perros vivos, de los cuales:
- 290 fueron adoptados (57%)
- 152 fueron devueltos a sus propietarios (30%)
- 18 cedidos en régimen de acogida (4%).
Resultando un total de 460 animales que han encontrado familia, por lo que la tasa de éxito es de un 91%.
Bienestar animal
Con el objetivo de garantizar el bienestar y el cuidado animal en la ciudad de Sevilla, en 2020 se aprobó la nueva Ordenanza Municipal de Protección, Bienestar y Tenencia Responsable de los Animales.
Claves de la nueva ordenanza
Nuevas prohibiciones generales
- El maltrato psicológico.
- Practicar mutilaciones por razones estéticas (por ejemplo, los rabos de los cocker o las orejas en determinadas razas).
- El sacrificio eutanásico, salvo con garantías reguladas.
- Atar o encadenar permanentemente a los animales excepto en el caso de paseo con correa.
- La administración de sustancias tranquilizantes a animales para su utilización como reclamo.
- Obligar a trabajar a animales preñados o recién paridos.
- Depositar o esparcir azufre u otras sustancias no autorizadas en la vía pública, usadas como método repelente de los animales.
- La circulación de perros que acompañen a vehículos a motor.
- Mantener a los animales en vehículos y medios de transporte que no garanticen las condiciones ambientales adecuadas y sin supervisión.
- Recluir a los animales en balcones, terrazas o patios.
- La estancia de animales de compañía, en particular perros y gatos, en los parques infantiles.
- Bañar a los animales en fuentes ornamentales.
Obligaciones en el transporte
- Espacio suficiente.
- Proteger de inclemencias meteorológicas e intemperie.
- Elementos homologados.
- Buenas condiciones higiénico-sanitarias.
Animales de compañía
- Está prohibido perturbar la vida de los vecinos/as con ruidos emitidos por los animales, especialmente desde las 23:00 hasta las 7:00 horas. Es decir, esta ordenanza se adecua a la de protección ambiental en materia de ruidos y vibraciones, y trata de propiciar la convivencia y el derecho al descanso (convivencia).
- Se amplía la responsabilidad a la persona portadora del animal, no sólo al propietario.
- El propietario tendrá un plazo de 72 horas para comunicar cualquier alteración producida en la tenencia del animal, ya sea por muerte, traslado, cambio de domicilio, cesión o venta (anteriormente era un mes).
- Se permite la entrada de animales de compañía a los edificios públicos municipales siempre y cuando no se elaboren, almacenen o manipulen alimentos haya espectáculos deportivos o públicos o donde se prohíba expresamente la entrada ni se provoquen molestias al resto de usuarios del edificio
- Sólo pueden hacer uso de los recintos de esparcimiento canino los perros que se encuentren identificados, vacunados y desparasitados, debiendo portar el poseedor/a o propietario/a la documentación correspondiente.
- La persona que conduzca a un animal por la vía o espacios públicos queda obligada a la recogida inmediata de los excrementos del mismo, cuidando que no orine ni defeque en aceras. Se exime de esta obligatoriedad de recoger los excrementos de los perros guías (personas ciegas).
- Es obligatorio reducir el impacto de los orines en la vía pública con agua. Se exime de esta obligatoriedad de recoger los excrementos de los perros guías (personas ciegas).
Sacrificio cero
Por último, también se introduce el concepto ‘Sacrificio cero’ para los animales rescatados de la vía pública. Contempla que en ningún caso los animales pueden ser sacrificados, salvo aquellos animales que manifiesten síntomas de sufrimiento crónico o trauma que provoque dolor y no sea reparable mediante actuaciones clínicas o extrema agresividad cuando se haya agotado la vía de la reinserción etológica sin resultados satisfactorios, según la normativa de animales potencialmente peligrosos, o que existan evidencias de un probable perjuicio de la salud pública, siendo sacrificados siguiendo la praxis establecida en la normativa vigente por, o con la supervisión en caso de fuerza mayor, el veterinario/a municipal.