9 claves sobre el proyecto de 'Zona de Bajas Emisiones' en el PCT Cartuja

El 1 de enero de 2023 entra en vigor la limitación de acceso de vehículos contaminantes a la Zona de Bajas Emisiones de la Cartuja, un área que atrae diariamente casi 28.000 viajes y a unos 24.000 trabajadores en los días laborables. Los puntos de entrada ya han sido señalizados y se establecerán controles ordinarios hasta la próxima implantación del sistema electrónico previsto. La medida tiene un periodo de implantación de 18 meses, de acuerdo con el último decreto del Gobierno de España de diciembre de 2022, y durante los primeros meses primarán las labores de información y concienciación. Los vehículos que no dispongan de uno de los distintivos ambientales que permiten acceder a la Zona de Bajas Emisiones, pero puedan acogerse a alguna de las excepciones previstas para entrar en la Cartuja, deberán obtener un permiso de acceso mediante una declaración responsable que puede gestionarse telemáticamente (ver el apartado de excepciones).

1. ¿Qué zonas son las afectadas por la limitación de acceso por las Zonas de Bajas Emisiones de la Cartuja?

Cartuja Norte

Calles comprendidas dentro del perímetro delimitado exteriormente por Américo Vespucio desde intersección con Leonardo Da Vinci, Juan Bautista Muñoz, José de Gálvez, Matemáticos Rey Pastor y Castro, Marie Curie, Avenida de Carlos III (excepto aparcamientos de la banda Oeste y su acceso por Hermanos d’Eluyar), ramal de incorporación SE-30 sentido Glorieta Olímpica hasta intersección con Américo Vespucio. Ninguna de las calles indicadas, que conforman el perímetro exterior, está incluida dentro de la zona de Bajas Emisiones.

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Cartuja Sur

Calles comprendidas dentro del perímetro delimitado exteriormente por las siguientes calles: Marie Curie, Camino de los Descubrimientos, Francisco de Montesinos, Avenida de Carlos III (excepto aparcamientos de la banda Oeste y sus accesos). Ninguna de las calles indicadas, que conforman el perímetro exterior, está incluida dentro de la zona de Bajas Emisiones.

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2. ¿A partir de cuándo se aplicarán las restricciones?

A partir del 1 de enero de 2023, exclusivamente de lunes a viernes no festivos, en horario de 7:00 horas a 19:00 horas.

El resto del horario, así como los sábados y domingos, y/o días festivos de ámbito nacional, autonómico, o local de la ciudad de Sevilla en cualquier horario, no se aplicará la restricción, pudiendo circular y estacionar libremente por el interior de las zonas indicadas cualquier vehículo con independencia de su distintivo ambiental.

3. ¿Cómo saber si mi vehículo está afectado?

Si su vehículo cuenta con distintivo “0 EMISIONES”, “ECO”, “C”, o “B”, no está afectado y puede acceder, circular, y estacionar en el interior de las zonas anteriores como hasta ahora, sin ningún tipo de restricción.

Pinchando en este enlace, e introduciendo la matrícula de su vehículo, puede consultar su distintivo ambiental.

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4. ¿Los vehículos no afectados tienen que realizar algún trámite?

No. La propia matrícula de cada vehículo remite al distintivo ambiental.

5. ¿Debo de llevar colocado el adhesivo del distintivo ambiental de mi vehículo para poder acceder a las zonas afectadas?

No, no es necesario.

6. ¿Existe alguna excepción?

Sí. Además de los vehículos que dispongan de los cuatro distintivos medioambientales mencionados (0 emisiones, Eco, C o B), también podrán acceder los vehículos que no dispongan de los distintivos medioambientales requeridos y se ajusten a las siguientes excepciones. Deberán tramitar su autorización mediante una declaración responsable que pueden conseguir en este enlace.

Una vez completada podrá presentarse de forma presencial, solicitando cita previa en las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro; o a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Sevillaen el apartado Tráfico, Transporte y Taxi.

Se podrá circular por la zona de bajas emisiones desde la presentación de la declaración responsable, debiéndose llevar una copia de la misma a fin de su acreditación, en papel o en formato digital. El plazo de solicitud estará abierto desde el 31 de diciembre de 2022.

El modelo de declaración responsable para cada una de las excepciones se precisa a continuación de cada caso:

  • Motocicletas y ciclomotores, sin necesidad de trámite alguno.
  • Vehículos destinados al transporte de mercancías de M.M.A. mayor a 3.500 kg, y menor o igual a 12.000 kg, sin necesidad de trámite alguno.
  • Vehículos destinados al transporte de mercancías de M.M.A. mayor a 12.000 kg, previa autorización expresa otorgada por la Dirección General de Movilidad del Ayuntamiento de Sevilla.
  • Vehículos de categoría M que tengan más de 8 plazas de asiento además del conductor, sin necesidad de trámite alguno.
  • Bicicletas, ciclos y ciclos de pedaleo asistido y vehículos de movilidad personal, sin necesidad de trámite alguno.
  • Acreditados TIPO A (residentes), previa obtención de la acreditación en el Distrito Municipal de Triana.
  • Acreditados TIPO B (usuarios plaza garaje en zona restringida), previa obtención de la acreditación en el Distrito Municipal de Triana.
  • Vehículos que transporten o recojan a personas de movilidad reducida, con registro previo de la persona titular de la tarjeta PMR y comunicación o autorización previa al acceso de vehículos, en la que indicará matrícula del mismo en la declaración responsable. Modelo M021
  • Vehículos vinculados a la actividad económica de empresas ubicadas en el interior de las zonas indicadas, previa autorización expresa otorgada por la Dirección General de Movilidad del Ayuntamiento de Sevilla. Modelo M022
  • Vehículos de emergencias y asistencia sanitaria, sin necesidad de trámite alguno siempre y cuando su uso se encuentre debidamente recogido en los dos últimos dígitos del código de clasificación en la ficha técnica del vehículo. En caso contrario se gestionará la declaración responsable con el Modelo M023
  • Vehículos con destino a alguno de los estacionamientos de uso público en régimen de rotación ubicados en el interior de las zonas indicadas, siendo el destino cotejado mediante a través de las matrículas captadas por un sistema de reconocimiento, sin necesidad de trámite alguno.
  • Vehículos que transporten pacientes para su atención por motivo de urgencias o alta hospitalaria, mediante justificación de tales circunstancias en las 48 horas siguientes al acceso a la zona afectada. Modelo M024
  • Vehículos destinados a transporte público de viajeros en vehículos de turismo (Taxi y VTC): sin necesidad de trámite alguno.
  • Vehículos de servicios municipales, con autorización previa de la Delegación de Movilidad.
  • Vehículos blindados de transporte de fondos y gestión de efectivo, sin necesidad de trámite.
  • Vehículos de servicios médicos acondicionados para funciones sanitarias, sin necesidad de trámite.
  • Vehículos funerarios, sin necesidad de trámite.
  • Grúas de asistencia en carretera, sin necesidad de trámite.
  • Vehículos taller, sin necesidad de trámite alguno.
  • Vehículos de RTV, sin necesidad de trámite.
  • Vehículos nupciales, previa autorización otorgada por la Dirección General de Movilidad del Ayuntamiento de Sevilla.
  • Vehículos de transporte de personas a centros de estancia diurna, sin necesidad de trámite.
  • Los vehículos recogidos en los artículos 9 y 16 de la Ordenanza de Circulación cuyo uso no se encuentre debidamente recogido en los dos últimos dígitos del código de clasificación en la ficha técnica del vehículo deberán rellenar el Modelo M024

7. ¿Dónde puedo aparcar si me afectan las restricciones y no tengo más remedio que desplazarme a alguna de las zonas afectadas en vehículo privado?

En caso de que su vehículo se encuentre afectado por las restricciones de acceso y no disponga de otra alternativa de movilidad para acceder a su destino en el interior de alguna de las zonas declaradas de bajas emisiones, puede hacer uso de cualquiera de las bolsas de aparcamiento gratuito colindantes con la zona restringida:

  • En las 2.900 plazas de las bolsas de aparcamientos gratuitas existentes en la banda Oeste del Parque Científico Tecnológico, ubicadas en la Av. de Carlos III. Estas bolsas de aparcamiento se encuentran abiertas de 7.00 horas a 22.00 horas, los 365 días del año.
  • En las 500 plazas de las bolsas de aparcamientos Norte gratuitas existentes entre Américo Vespucio y el viaducto de la SE-30, frente a los edificios de la Escuela de Ingenieros. Estas bolsas de aparcamiento se encuentran abiertas las 24 horas, los 365 días del año.

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Las bolsas de aparcamiento indicadas se encuentran representadas en el plano adjunto en color verde.

También puede acceder y estacionar en cualquiera de los aparcamientos públicos de rotación existentes tanto en el interior de la zona restringida, como en los alrededores, que se representan en el plano adjunto en color azul, con independencia del distintivo ambiental de su vehículo, bien en la modalidad de pago por minuto, o mediante abono en su caso. El sistema de reconocimiento de matrículas que se instalará en los puntos de entrada en las zonas indicadas cotejará su matrícula con las matrículas registradas en el acceso a los aparcamientos indicando al sistema que vehículo queda autorizado sin necesidad de llevar a cabo ningún trámite previo.

Los recorridos a pie desde los aparcamientos ubicados en el límite exterior de las zonas restringidas hasta el punto más alejado de los mismos (por ejemplo un edificio ubicado junto al Camino de los Descubrimientos), suponen una distancia en los casos más desfavorables, de unos 500 metros, equivalentes a unos 6 minutos caminando.

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También puede estacionar en cualquier punto de la isla de la Cartuja donde exista aparcamiento habilitado en la vía pública que no se encuentre en el interior de las zonas restringidas.

8. Si dispongo de plaza de aparcamiento en el aparcamiento privado de mi empresa ubicado en el interior de la zona restringida, ¿puedo acceder a él aunque mi vehículo no disponga del distintivo ambiental exigido?

Sí. Los usuarios cuyos vehículos no cumplan con los requisitos exigidos, pero cuenten con plaza de aparcamiento en el interior de algún parking privado de las empresas ubicadas en el interior de las zonas restringidas podrán acceder sin ningún tipo de limitación, previa obtención de “autorización tipo B” de acuerdo con lo establecido en los arts. 13, 14 y 15 de la Ordenanza de Circulación de Sevilla, emitida por el Distrito Triana.

Los aparcamientos con acceso directo desde el viario público que delimita el exterior de la zonas restringida podrán acceder al interior del mismo sin ninguna limitación (aparcamiento de Isla Mágica, Gerencia de Urbanismo, recinto del Helipuerto, Universidad, etc.), siempre que para ello no deban de transitar por las calles incluidas dentro de las zonas restringidas.

9. ¿De qué otras formas puedo acceder a las zonas afectadas?

Transporte Público

La Isla de la Cartuja cuenta actualmente con los servicios prestados por las líneas C1 y C2 de TUSSAM. Además, desde marzo de 2023 la línea 2 ha ampliado su recorrido para cubrir la Zona de Bajas Emisiones.

La nueva línea 2 - Circular Exterior de TUSSAM, que está recogida en la Red de Transporte Público de Media y Alta Capacidad de Sevilla del Plan de Movilidad Urbana Sostenible Sevilla 2030 aprobado por el pleno municipal de 12 de mayo de 2021, ha entrado en funcionamiento coincidiendo con la entrada en vigor de las restricciones a los vehículos más contaminantes, para ampliar las opciones de llegar a la Zona de Bajas Emisiones en transportes alternativos al vehículo privado.

La ampliación del recorrido supone pasar desde su parada termina en la Barqueta a una nueva terminal en Torre Sevilla, lo que implica un recorrido de 4,4 kilómetros por sentido en el interior de la Cartuja, con seis nuevas paradas en: Pabellón de Andalucía, Escuela de Ingeniería, Facultad de Comunicación, Louis Braille, Monasterio de la Cartuja y Torre Sevilla. También se han incrementado los vehículos que dan servicio a la línea 2, para garantizar las frecuencias de paso.

Esta nueva línea, con un recorrido muy similar al de la futura línea 4 del Metro, da servicio directo a la Cartuja sin trasbordo, mejorando la comodidad y los tiempos de viaje.

Posteriormente se mejorará con la dotación de carriles segregados del resto de tráfico, sistemas de prioridad semafórica en los cruces, y vehículos cero emisiones.

Líneas C1 y C2

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Los vehículos de transporte público de viajeros en vehículo de Turismo (Taxis y VTC), también pueden acceder al interior de las zonas restringidas.

Bicicleta y Vehículos de Movilidad Personal

La Cartuja cuenta además con una amplia red de carriles bici segregados de más de 9 kilómetros, que recorren las principales arterias de la misma en dirección Norte-Sur y Este-Oeste y conectan con la red la ciudad a través de los puentes del Cachorro, pasarela de Cartuja, puente de la Barqueta y Puente del Alamillo, así como con el área Metropolitana del Aljarafe a través del Puente de la Señorita.

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Igualmente, cuenta con una red de aparcabicicletas con capacidad para más de 550 plazas distribuidas de forma homogénea a lo largo de toda la Isla, y especialmente en el interior del PCT en torno a los principales edificios de oficinas o equipamientos.

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A estos bicicleteros hay igualmente que añadir la red de bicicleteros instaladas en el interior del recinto de las distintas edificaciones, cada vez más numerosos, de carácter privado, así como las biciestaciones de SEVICI existentes, un total de 14, repartidas igualmente a lo largo de la Isla, y con una mayor concentración en el interior del PCT

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Sobre el proyecto

La legislación

La Ley 7/2021, de 20 de mayo de Cambio Climático y Transición Energética fija una serie de obligaciones legales a los municipios de más de 50.000 habitantes, entre ellas que deben tener aprobados antes del año 2023 planes de movilidad urbana sostenible, obligación que ya se cumplió en 2021 en Sevilla. Estos han de incluir medidas de mitigación que permitan reducir las emisiones derivadas de la movilidad incluyendo, al menos, una zona de bajas emisiones antes del próximo año donde se incentive el uso de los vehículos de bajas emisiones y de cualquier otro medio de movilidad sostenible. En suma, se trata de propiciar una ciudad más saludable.

El Pleno del Ayuntamiento de Sevilla aprobó el pasado 26 de mayo de manera definitiva, a iniciativa del Área de Movilidad, una modificación puntual de la ordenanza municipal de circulación para la introducción de las zonas de bajas emisiones, de acuerdo con la Ley de Cambio Climático y Transición Energética. La propuesta elevada por el Gobierno municipal no recibió alegaciones en su trámite de exposición pública e introdujo en el artículo 6 de la ordenanza que Movilidad podrá determinar Áreas de Especial Restricción al Tráfico con los objetivos de mejorar la seguridad y la fluidez del tráfico; proteger el medio ambiente, el patrimonio histórico o las áreas singulares como son los parques tecnológicos y empresariales; priorizar el transporte público, las modalidades alternativas de transporte y la circulación de peatones, y reducir las emisiones a la atmósfera atendiendo a la clasificación estatal de los vehículos por su potencial contaminante.